Neuropsicología Forense en un caso de violencia de género. De asesinato a defensa propia, (Agosto, 2011) en base a las alteraciones neuropsicológicas como consecuencia del maltrato sufrido.

Un jurado popular determinó en su veredicto inocente, veredicto que luego fue ratificado por El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

https://www.ideal.es/granada/20140125/local/granada/declaran-inocente-mujer-maltratada-201401252122.html

https://www.ideal.es/granada/20140526/local/granada/pastrana-volvera-carcel-201405261848.html

Durante un proceso penal concretamente, el neuropsicólogo o neuropsicóloga forense puede participar en diferentes fases, siendo las de mayor relevancia la responsabilidad criminal, la necesidad de tratamiento y la valoración de las víctimas. En esta última, implica determinar la existencia, intensidad y permanencia de secuelas cognitivas, emocionales y comportamentales derivadas de agresiones como en causas de violencia de género. En este sentido, la tarea del neuropsicólogo o neuropsicóloga forense va a ser similar a la que realiza en contextos civiles.

El neuropsicólogo o neuropsicóloga forense va a tener la responsabilidad de proveer una comprensión amplia acerca del funcionamiento cognitivo y conductual de la persona examinada, integrando los diferentes datos que recoge y elaborando un diagnóstico en relación con los déficits secundarios producidos por una alteración del sistema nervioso central. En este sentido, el profesional de la Neuropsicología puede llegar a ser clave en el proceso judicial al aportar, en su calidad de testigo/perito experto, elementos que van a ser determinantes en el establecimiento de la verdad (Slachevsky, Pérez & Prenafeta, 2013; Marín et al., 2016).

Se mostró la aplicación de la Neuropsicología forense para valorar la imputabilidad de una mujer en un procedimiento judicial, mujer víctima de violencia de género, y las consecuencias que para dicho procedimiento tuvo la valoración neuropsicológica forense.

            Partimos de la hipótesis general de que las mujeres víctimas de violencia de género presentan alteraciones neuropsicológicas y que estas alteraciones tienen una repercusión en contextos forenses (Kwako, Glass, Campbell, Melvin, Barr, y Gill, 2011; Valera, y Berenbaum, 2003; Ivany, 2016; O`Sullivan, 2015; Neumeiste et al., 2016; Hom,2003; Beckson & Batzokis, 2003; Heilbronner, 2004; Larrabee, 2000; Lezak, Howieson & Loring, 2004; Jarné, Aliaga & Villaseñor, 2013).

En el caso de Ana, para quien se solicitó un informe pericial neuropsicológico al objeto de evaluar si presentaba o no alteración del funcionamiento neuropsicológico como consecuencia de una situación de maltrato mantenido en el tiempo por parte de su pareja, así como su relación con los hechos ocurridos en agosto del 2011 (muerte de su pareja).

Ana, acusada del delito de asesinato de su marido, presentaba alteraciones neuropsicológicas compatibles con haber sufrido violencia de género por un período continuado de tres años. Esas alteraciones fueron suficientes para eximirla de responsabilidad penal, tal como recogió la sentencia del jurado popular, ratificada posteriormente por el TSJA. Este caso pone de manifiesto la utilidad de la evaluación neuropsicológica forense, para evidenciar deterioros neuropsicológicos en mujeres víctimas de violencia de género y su utilidad en procesos forenses.

En el caso en cuestión, tras la evaluación neuropsicológica realizada a Ana encontramos importantes alteraciones en la función ejecutiva que la hacían inimputable. Dicha alteración fue suficiente para eximirla de responsabilidad criminal, teniendo en cuenta que sus componentes implican voluntad, planificación, conducta intencional y ejecución eficaz de la conducta (Lezak et al., 2004).

La absolución fue determinada por el jurado al aceptar éste un acto en “defensa propia y miedo insuperable”. El día de los hechos se produce un episodio de especial violencia de Manuel hacia Ana. Manuel comienza a propiciar una brutal paliza a Ana, teniendo ésta el temor de morir, por lo que actúa presa de un miedo insuperable (determinando éste una limitación absoluta de su libertad volitiva). Al tener que actuar en una situación límite y debido a su estado neuropsicológico, Ana responde de manera impulsiva, inflexible, sin planificar ni reflexionar e incapaz de tomar una decisión libre. Su único impulso es salvar su vida, por lo que se hace del arma que estaba usando su agresor, provocándole a éste la asfixia. Desde el punto de vista de la competencia mental, ésta queda abolida completamente, enfrentando a la persona a una situación en la que la responsabilidad sobre sus actos está anulada.

            Es la primera vez que, en España, se solicita un informe neuropsicológico forense en casos de violencia de género, con el resultado de un fallecimiento.

            Los resultados de este estudio se han publicado en 2016 en la revista Psicología Conductual Revista Internacional de Psicología Clínica y de la Salud.

https://digibug.ugr.es/handle/10481/48268

Artículos relacionados:

Beckson, M. & Bartzokis, G. (2003). Brain disease: forensic neuropsychiatric issues. En Rosner, R. (comp.). Principles and Practice of Forensic Psychiatry 2ª ed. Londres, Arnold.

Heilbronner, R. (2004). A status reporto on the practice of forensic neuropsychology. Clinical Neuropsychology, 18, 312-326.

Hom, J. (2003). Forensic Neuropsychology: are we there yet?. Archives of Clinical of Neuropsychology, 18, 827-845.

Ivany, A. S., & Schminkey, D. (2016). Intimate partner violence and traumatic brain injury: state of the science and next steps. Family & community health, 39(2), 129-137. doi:10.1097/fch.0000000000000094

Jarne, A., Aliaga, A. & Villaseñor, T. (2013). La neuropsicología forense como disciplina científica. En A. Jarne y A. Aliaga (dirs.), Manual de neuropsicología forense, de la clínica a los tribunales (pp. 47-84) Barcelona: Herder.

Kwako, L. E., Glass, N., Campbell, J., Melvin, K. C., Barr, T. & Gill, J. M. (2011). Traumatic brain injury in intimate partner violence: a critical review of outcomes and mechanisms. Trauma, Violence, & Abuse, 12, 115-126. doi:10.1177/1524838011404251

Larrabee, G. (2000). Preface to forensic neuropsychology issue. Journal of Head Trauma Rehabilitation, 15, 5-8.

Lezak, M. D., Howieson, D. B. & Loring, D.W. (2004). Neuropsychological assessment (4ªed.). Nueva York, NY: Oxford University Press.

Marín, M. I., Hidalgo-Ruzzante, N., Tovar-Sabio, V., & Pérez-García, M. (2016). Neuropsicología forense en un caso de violencia de género. Psicologia Conductual, 24, 361.

Neumeister, P., Feldker, K., Heitmann, C. Y., Helmich, R., Gathmann, B., Becker, M. P., & Straube, T. (2017). Interpersonal violence in posttraumatic women: brain networks triggered by trauma-related pictures. Social cognitive and affective neuroscience12(4), 555.

O’Sullivan, M., Glorney, E., Sterr, A., Oddy, M., & da Silva Ramos, S. (2015). Traumatic brain injury and violent behavior in females: A systematic review. Aggression and violent behavior25, 54-64.

Slachevsky, A., Pérez, C., Prenafeta, & M.L. (2013) La evaluación de las funciones cognitivas. En A. Jarne y A. Aliaga (dirs.), Manual de neuropsicología forense, de la clínica a los tribunales (pp. 85-115) Barcelona: Herder.

Valera, E. M. & Berenbaum, H. (2003) Brain injury in battered women. Journal of Consulting and Clinical Psychology, 71, 797-804.

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